Casos Ganados

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El Banco mas Grande Demandó Ante el Juez Equivocado

NO. PROCESO: 22302-2023-001782. TIPO DE PROCESO:Juicio Ordinario de Cobro de Dinero.3. RESULTADO:Se aceptó la excepción previa de incompetencia territorial planteada por la defensa, determinándose que la demanda fue presentada ante una autoridad judicial que no era competente para conocer la causa.HISTORIA DEL CASOBanco Pichincha inició una demanda de cobro de dinero en contra de nuestro cliente, reclamando el pago de USD 4.821,59 derivados de una tarjeta de crédito, incluyendo capital, intereses y otros valores que la entidad financiera consideraba pendientes de pago.La institución financiera presentó la demanda ante la Unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón La Joya de los Sachas, provincia de Orellana, con la finalidad de obtener una sentencia favorable que obligara a nuestro cliente a cancelar los valores reclamados.Una vez analizado el expediente, nuestro equipo jurídico detectó que existía un problema fundamental en el proceso. La demanda había sido presentada ante una autoridad judicial que carecía de competencia territorial para conocer el caso.Durante la audiencia preliminar demostramos que el domicilio real de nuestro cliente se encontraba en el sector de Carcelén, en la ciudad de Quito. Además, acreditamos que el propio contrato de emisión y uso de tarjeta de crédito establecía expresamente que cualquier controversia derivada de dicho contrato debía ser conocida por los jueces competentes de la ciudad de Quito.Frente a estas circunstancias, planteamos la excepción previa de incompetencia territorial, argumentando que el proceso no podía continuar ante una autoridad judicial distinta a la determinada por la ley y por el propio contrato suscrito entre las partes.LO QUE SE LOGRÓ DEMOSTRARDentro del proceso se logró demostrar que el domicilio real de nuestro cliente se encontraba en la ciudad de Quito y no en el cantón La Joya de los Sachas.Se acreditó que la dirección utilizada por el banco para justificar la competencia territorial correspondía únicamente a un domicilio tributario y no al domicilio civil del demandado.También se demostró que el contrato de tarjeta de crédito contenía una cláusula expresa mediante la cual las partes acordaron someter cualquier controversia a los jueces competentes de la ciudad de Quito.Con base en las pruebas aportadas y en la normativa procesal vigente, quedó evidenciado que la autoridad judicial que conocía inicialmente la causa no tenía competencia territorial para resolver el conflicto.RESULTADOS OBTENIDOS✔ Se aceptó la excepción previa de incompetencia territorial.✔ Se determinó que la jueza que conocía inicialmente la causa no era competente para tramitar el proceso.✔ Se impidió que el juicio continuara ante una autoridad judicial incompetente.✔ Se hizo respetar el domicilio real de nuestro cliente.✔ Se logró la aplicación correcta de las reglas de competencia previstas en la ley.✔ Se garantizó el derecho al debido proceso y a la seguridad jurídica.✔ Se dejó sin efecto la estrategia procesal utilizada por la entidad financiera para tramitar la demanda en una jurisdicción incorrecta.Este caso demuestra la importancia de revisar cuidadosamente cada detalle de una demanda. En muchas ocasiones, una defensa adecuada permite identificar errores procesales que pueden resultar decisivos para la protección de los derechos del demandado.¿Has sido demandado por un banco, cooperativa o entidad financiera? Nuestro equipo jurídico puede analizar tu caso y verificar si existen defensas legales que permitan proteger tus derechos.

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???? Caso de Éxito – Defensa Exitosa por PrescripciónClic JurídicoEn el proceso judicial No. 17230-2024-08608, nuestro cliente fue demandado por el cobro de facturas emitidas en el año 2020, por un monto aproximado de USD 10.387,92.La parte actora pretendía el pago total de las supuestas obligaciones; sin embargo, Clic Jurídico asumió la defensa técnica y realizó un análisis estratégico del expediente, identificando como eje central la excepción previa de prescripción, conforme a los artículos 2414 y 2415 del Código Civil.Se demostró ante el juzgado que habían transcurrido más de cinco años desde que las obligaciones se hicieron exigibles hasta la fecha de citación, superando el plazo legal establecido para este tipo de acciones. Además, se acreditó que no existió reconocimiento de deuda ni acto interruptivo que pudiera suspender el cómputo del tiempo.Como resultado del planteamiento jurídico oportuno y debidamente fundamentado, el juez aceptó la excepción previa de prescripción y desechó la demanda en su totalidad.ResultadoDemanda desechada.Acción declarada prescrita.Protección integral de los derechos de nuestro cliente.Este caso reafirma el valor de una defensa estratégica, técnica y preventiva. En materia judicial, el tiempo es determinante, y una correcta interpretación normativa puede marcar la diferencia entre una condena y una absolución.Clic Jurídico – Defensa sólida. Estrategia precisa. Resultados concretos.

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